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SEGURIDAD VIAL DICE QUE ES OBLIGATORIO MOSTRAR LA ÚLTIMA PATENTE PAGA EN LOS CONTROLES DE TRÁNSITO: POLÉMICA (VER NOTA)

Pese a que muchos conductores creen lo contrario, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) incluye entre la documentación obligatoria para circular el comprobante de pago de impuesto a la radicación del vehículo; es decir, la patente.

De acuerdo a la normativa nacional, siempre se debe circular con el último comprobante de pago de la patente. Y por “último” no se entiende al último que se abonó, sino al del último vencimiento, que debería, por supuesto, ser el último abonado. Si el último abonado corresponde a un período vencido dos o más meses atrás, el comprobante no tendrá validez ya que el impuesto estará vencido. Así lo explica el canal TN en su blog dedicado a automóviles.

La regla es muy clara, salvo por un detalle: la ANSV olvida que en la actualidad  muchos propietarios de vehículos abonan este impuesto automáticamente con la tarjeta de crédito o débito y no cuentan con un comprobante físico de la última cuota paga. En ese caso, se recomienda tener a mano en el auto un comprobante del pago de la tarjeta impreso para acreditar estar al día con este tributo. Lo mismo sería para los autos «municipalizados», que tienen más de 10 años de antigüedad y donde se abona el impuesto al Municipio correspondiente.

En la práctica, la mayoría de los controles de tránsito requieren simplemente del Documento Nacional de Identidad, la licencia de conducir al día y el seguro automotor vigente (rara vez chequean la VTV y otros papeles), pero eso no significa que no sea obligatorio llevar la patente paga.

Pero varios lectores dejaron sus comentarios cuestionando las atribuciones de la ANSV. Veamos: Según la Ley de Tránsito 24.449 Art. 40, no se requiere comprobante de pago de patente, ni tampoco establece a los efectivos de Seguridad Vial como agentes de retención.

TODOS LOS PAPELES OBLIGATORIOS

La ANSV precisó nuevamente cuáles son los documentos que debemos llevar en el auto esta temporada de verano al momento de salir a la ruta con nuestras vacaciones como destino.

-Licencia de conducir vigente. El registro no puede estar vencido, a menos que el municipio en el que residís haya postergado los vencimientos por la pandemia.

-Documento Nacional de Identidad. Con la licencia no alcanza para acreditar identidad. Tendrás que presentarla junto al DNI.

-Cédula verde o azul. Si sos el titular, deberás presentar tu cédula verde. Si no sos el titular, podés presentar la cédula verde del titular siempre y cuando no esté vencida (vence luego de un año). Si lo está, tendrás que mostrar la cédula azul a tu nombre.

-Revisión Técnica Obligatoria o Verificación Técnica Vehicular. Antes de salir a la ruta, realizá el chequeo anual de tu vehículo. No tenerlo significará una infracción.

-Comprobante de la póliza del seguro. No hacen falta los recibos de pago, pero sí la cédula que acredita la vigencia del seguro automotor. Está permitido mostrar una póliza digital.

-Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo (patente).

-Cédula amarilla en caso de vehículo equipado con GNC.

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