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LA ATENCIÓN EN LOS BANCOS A PARTIR DEL LUNES SERÁ PARA PUBLICO GENERAL Y JUBILADOS, CON TURNOS PREVIOS

Este miércoles, el Banco Central emitió un comunicado respondiendo las principales dudas e información de cómo funcionarán las entidades financieras durante la semana del 13 al 17.

¿Los bancos abren para el público general?

Sí, pero con algunas limitaciones y restricciones. Durante la semana del 13 al 17 de abril podrán asistir las personas con turno previo para realizar diferentes operaciones que no sean por ventanilla, tanto para cuentas de personas humanas como personas jurídicas.

Si soy una persona jubilada/pensionada ¿puedo operar por ventanilla?

Sí. La atención por ventanilla queda exclusivamente reservada para el pago de jubilaciones y pensiones. Pero sólo los días que indica el calendario de la Anses. Si sos jubilado o pensionado, no necesitás turno, pero tenés que consultar a la Anses antes de acercarte a una sucursal.

Según dispuso el Banco Central, los clientes podrán solicitar turnos para su atención en las páginas web de las entidades, a partir del próximo miércoles, y el comprobante servirá como permiso de circulación entre el domicilio y la sucursal bancaria.

Desde el 13 de abril, las personas pueden ir a los bancos con el comprobante del turno y de acuerdo al siguiente cronograma según último número de DNI o CUIT:

✔Lunes: 0 y 1

✔Martes: 2 y 3

✔ Miércoles: 4 y 5

✔Jueves: 6 y 7

✔Viernes: 8 y 9

La decisión fue adoptada luego de una reunión de Directorio de la autoridad monetaria e informada a través de la comunicación “A” 6958 en la cual se estableció el cronograma de atención en las entidades bancarias.

Cómo hemos mencionado, el día de atención estará determinado por el último dígito del DNI del cliente o del CUIT, en caso de tratarse de personas jurídicas, de la siguiente forma: el lunes los terminados en 0 y 1; martes en 2 y 3; miércoles 4 y 5; jueves 6 y 7; y viernes 8 y 9.

«Las personas a ser atendidas deberán haber previamente solicitado un turno a través de las páginas de Internet de las entidades, o por otro medio electrónico que éstas pongan a disposición (ej. correo electrónico y/o teléfono)», informó el Central.

A su vez, dispuso que las entidades deberán entregar a sus clientes por vía electrónica un comprobante del turno acordado, «indicando día de la cita, identificación (nombre completo y número de identificación) de la persona y ubicación de la casa operativa a la que deberá dirigirse».

Los bancos deberán poner a disposición de sus clientes las vías para solicitar los turnos a partir del miércoles en sus páginas web «en forma clara y sencilla» y especificar cuáles son las operaciones que se pueden efectuar, «aclarando que no incluye operaciones por ventanilla».

«Estos clientes sólo podrán presentarse -en el día y casa operativa indicados- munidos de la constancia de turno emitida por la entidad financiera», subrayó el Central.

Jubilados y pensionados, sin turno

Por otra parte, la atención de clientes jubilados y pensionados será conforme al cronograma que la ANSES o el correspondiente ente administrador establezca, de modo que no será necesaria la obtención de turno alguno.

Este último punto incluye a los beneficiarios de haberes previsionales y pensiones integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) así como de aquellos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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