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HISTÓRICO: A PARTIR DE HOY ES LEGAL EL CULTIVO DE CANNABIS PARA USO MEDICINAL

-Fue reglamentado por el Boletín Oficial del gobierno Nacional. En un hecho calificado como histórico por quienes lo venían solicitando.-

A partir de la publicación en el Boletín Oficial de hoy, todas las personas que necesiten cultivar o que les cultiven cannabis para tratar enfermedades van a poder hacerlo legalmente en Argentina.

El presidente Alberto Fernandez firmó la nueva reglamentación de la ley de cannabis medicinal que incluye el cultivo personal, solidario y asociado y la compra de preparados y fármacos en farmacias.

Según el texto de la reglamentación de la ley de cannabis, aprobada por el gobierno, con esta medida «se facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos», busca asegurar «el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias», incluso a través del «autocultivo o el cultivo solidario».

Además del presidente Fernández, la reglamentación está firmada por el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y los ministros Ginés González García, Roberto Carlos Salvarezza y Eugenio Basterra.

Para participar de este programa de acceso al cannabis la reglamentación indica que «los y las pacientes podrán inscribirse para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación».

Ese programa se llama «Reprocann» o Registro del Programa de Cannabis y dependerá del Ministerio de Salud. Por medio del Reprocann, los pacientes que necesiten acceder, a través del cultivo controlado, a la planta de cannabis y sus derivados podrán registrarse para obtener las correspondientes autorizaciones médicas.

Los límites en la cantidad de plantas permitidas en cada hogar o en las sedes de las organizaciones para los cultivos “en red” se conocerán posteriormente, cuando el Ministerio de Salud redacte las resoluciones particulares. De todos modos, la preocupación de las autoridades del REPROCANN y de la cartera sanitaria está puesta no tanto en la cantidad sino en la calidad de lo que produzcan estos cultivos. Se descuenta que de las resoluciones ministeriales salga un marco limitante en proporción de sus dos moléculas “estrella”: el THC, que aporta psicoactividad y por eso muchos países no lo permiten para uso médico, y el CBD, o cannabidiol, palabra que según medidores de búsqueda de Internet rankea en lo más alto en los últimos años.

(Fuente: entrelíneas.info)

 

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