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MEDIO AMBIENTE Y AGROTÓXICOS: MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE UN AMPARO COLECTIVO, VECINOS INTIMARON AL MUNICIPIO Y A LA PROVINCIA

Un grupo de vecinos autoconvocados, en su mayoría de Villa Logüercio, brindó hoy una conferencia de prensa en la Plaza 1810, para dar a conocer a los medios una acción judicial que efectuaron en conjunto por la cuestión ambiental que hace tiempo viene siendo objeto de debate, desde que se difundió públicamente el resultado de un informe de INTA Balcarce cuyos datos son por demás preocupantes en cuanto a los niveles de contaminación. Los oradores del encuentro fueron Florencia Polimeni y Damián Lencina, quienes tras exponer la situación, entregaron un escrito al periodismo.

Concretamente, la Justicia de La Plata acaba de admitir una acción de amparo presentada por un grupo de vecinos de Lobos, quienes, según expresaron, “nos sentimos alarmados e indefensos frente al hallazgo de contaminación con agrotóxicos en toda la zona urbana y rural, en el agua corriente, en el suelo de nuestros jardines y plazas, y en nuestros cursos de agua y la Laguna, además del arsénico”.

En tal sentido, la Justicia dictó una serie de medidas cautelares urgentes que el Municipio deberá cumplir en un plazo perentorio. Para ser más precisos, se ordena a la Comuna a que en un plazo de 3 días entregue bidones de agua potable “libres de agrotóxicos” (sic) y con valores de arsénico que no superen los 10 microgramos, en todos los establecimientos educativos , clubes y centros de salud, como así también en los domicilios que quienes presentaron este amparo colectivo.

Asimismo, el Poder Judicial ordenó a que en un plazo de 20 días, la Provincia realice un análisis exhaustivo del agua y que informe los resultados en la causa. También intimó al Municipio a la realización de análisis de agua bimestrales y que los informe en los medios de comunicación locales o en las boletas de los contribuyentes. Por otra parte, una vez que estén disponibles los resultados de los estudios solicitados, se dirimirá el pedido de los ambientalistas, para «retringir las fumigaciones con agrotóxicos a menos de 1.095 metros de la Planta Urbana, asentamientos poblacionales, escuelas, etc». Y citan como precedente una medida similar que se adoptó en la localidad de Pergamino.

El fallo cierra diciendo que “esta situación sin dudas requiere de un remedio urgente, o dicho en términos constitucionales, una “acción positiva” que les asegure a los habitantes de Lobos la vigencia de sus derechos, dentro de la garantía constitucional de una tutela continua y efectiva”. Los magistrados remarcaron en su resolución, que “la frondosa documentación presentada considera al derecho invocado verosímil”.

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