-El Gobierno extendió el decreto que prohíbe cortar algunos servicios en el marco de la cuarentena.-
A través de un decreto el Gobierno extendió la prohibición para cortar servicios por falta de pago durante la cuarentena. Rige para servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, informó Telefe.
La extensión es hasta el 31 de mayo. El decreto dice que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital «no podrían disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a las usuarias y a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta tres (3) facturas consecutivas o alternas y cuyos vencimientos hubieran operado a partir del 1° de marzo de 2020».
Asimismo, se dispuso que en la prórroga que «tratándose de servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, las empresas prestatarias quedaban obligadas a mantener un servicio reducido, conforme se estableciera en la reglamentación, por un plazo de 180 días corridos».
Esto incluye a quienes tengan celulares «prepagos» las empresas prestadoras deberán brindar un servicio reducido a aquellas personas que no carguen sus teléfonos. Lo mismo cuenta para los «Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Servicios de TIC)», para continuar garantizando el acceso a los servicios de telecomunicaciones a los usuarios, mediante una conectividad mínima con prestaciones reducidas.