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Veda electoral PASO 2019: ¿cuándo inicia, qué se puede hacer y qué no?

La Cámara Nacional Electoral reiteró que desde el viernes 9 de agosto quedará prohibido realizar actos proselitistas y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

A escasos días de las PASO del 11 de agosto, la Cámara Nacional Electoral recordó que la veda electoral propiamente dicha, es decir la que no permite llevar a cabo actos proselitistas y difundir encuestas y sondeos preelectorales, comienza el viernes 9 de agosto a las 8 hs.

Hasta las 21 hs del domingo 11, regirá una prohibición de publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección. Lo que significa 3 horas después del cierre de los comicios.

Vale recordar que desde el sábado 3, los medios de comunicación y los portales de internet no pueden difundir encuestas y sondeos de opinión o pronósticos sobre los resultados de las PASO.

Según el artículo 44 de la ley 26.571, ocho días antes de cada elección y hasta tres horas después de su cierre, «ningún medio de comunicación, ya sean éstos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, internet u otros, podrá publicar» este tipo de relevamientos.

Tampoco se podrá vender bebidas alcohólicas a partir de las 0 horas; y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.

“Se impondrá prisión de quince días a seis meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario”, establece la norma.

En tanto, a ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido la realización de reuniones de electores en los domicilios, la utilización de las viviendas como depósito de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.

Para repasar, ¿qué es lo que está permitido y lo que no durante la veda?

-Prohibida toda actividad de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación

-Redes sociales como Facebook , Twitter e Instagram no están contempladas por la legislación vigente.

-Los blogs y periódicos digitales sí están regulados por las normas electorales.

-No se pueden publicar encuestas ni declaraciones de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales.

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