En una entrevista con LOBOS 24, el Juez de Faltas, Dr. Silvio Canosa, explicó que: “Las multas han aumentado, porque su valor está fijado en litros de nafta, es un sistema de unidades fijas que establece la Ley. Mediante un decreto de la Gobernación se fija el valor en forma bimestral. Con lo cual, todas estas subas que se produjeron en estos dos meses, que fueron varias, se ven reflejadas ahora. El incremento ronda el 23 %, lo cual es un monto importante. A modo de ejemplo, una infracción grave que tenía un monto mínimo de $ 8.500, ahora superó los $ 10.000”.
Añadió, ante una consulta que le hicimos, que: “Técnicamente, no se puede labrar un acta a partir de un video de una cámara de seguridad. Sí se puede utilizar como medio de prueba. Por ejemplo, si un inspector labra un acta por cruzar un semáforo en rojo y el presunto infractor dice que no fue así, tenemos como prueba las cámaras y las imágenes del Centro de Monitoreo. Pero no podemos utilizar un video para labrar una infracción. Por otra parte, no hay más multas fotográficas, las que estaban en la ruta que eran de la Dirección Provincial de Seguridad Vial, fueron retiradas. Las fotomultas tienen su razón de ser en situaciones particulares, en otras no. Muchas veces, a mi modo de ver, cumplen un fin recaudatorio. En un principio, la cámara que se iba a instalar en la Ruta 41 era para evitar posibles colisiones en el Acceso Oeste. Entonces, si bien ello puede hacer que se reduzca la velocidad y los accidentes, el método efectivo era hacer una rotonda. La cámara no implica que un conductor desaprensivo pase a alta velocidad y cause un accidente fatal. Como hemos dicho, la fotomulta sí sirve como prueba de la infracción, pero no los videos. Por supuesto que las cámaras sirven como fin disuasivo, porque si uno ve que hay una cámara en una esquina no va a cruzar en rojo o a una velocidad no permitida”.
Precisó que: “El problema que hubo fue técnico y jurídico, un tema de competencia jurídica con las cámaras que se instalaron dentro de la ciudad. Se había firmado un convenio con la Dirección Provincial, el cual se interpretó de forma errónea, y se le otorgó la competencia al Juzgado Provincial cuando en realidad era competente el Juzgado de Lobos, fue una situación compleja, por dicho motivo se declaró nulo todo el proceso y sacaron las cámaras”.
“Con respecto a una persona que manifestó haber comprado una licencia de conducir, no tengo más comentarios que los que me ha hecho el personal actuante, diciéndome que presumían que era una licencia falsa o apócrifa. Por eso se retuvo ese documento, se identificó a la persona, e interviene la Justicia Penal, porque se hizo una denuncia. Por lo que leí, el Secretario Hasper iba a iniciar un sumario interno al agente municipal que otorgó esta licencia falsa”.
“Las infracciones más comunes siguen siendo circular sin casco, la falta de seguro y de carnet de conducir. En automóviles lo más común es el estacionamiento indebido en todas sus variantes, incluyendo la obstrucción de la rampa para discapacitados, que se considerada una infracción grave. Algo que debemos reforzar, porque está en infracción, es el uso de celular mientras se maneja, o el no uso del cinturón de seguridad que también debe emplearse en la zona urbana. Es obligatorio usar el cinturón cada vez que el conductor sube al automóvil”, concluyó Canosa.