Los jubilados y pensionados que estén cobrando su haber con aumento de forma anticipada deberán apurarse para gestionar la aceptación y suscripción a la reparación histórica.
Según un comunicado de Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), el plazo establecido para realizar el trámite se vencerá el próximo 31 de agosto y quienes no cumplan con este procedimiento dejarán de percibir este adicional.
¿Quiénes perciben la reparación histórica?
Personas con juicio iniciado con sentencia firme: Es decir, todo aquél que ha iniciado juicio por reajuste de haberes y tiene sentencia firme con anterioridad al 30 de mayo de 2016.
Personas con juicio iniciado sin sentencia firme: Se refiere a quienes hayan iniciado el juicio por reajuste de haberes y no tienen sentencia firme con anterioridad al 30 de mayo de 2016.
Personas sin juicio iniciado: Son aquellos que no han iniciado el juicio por reajuste de haberes con anterioridad al 30 de mayo de 2016 y estén alcanzados por el Programa.
¿Cómo es el procedimiento?
1- En www.anses.gob.ar, habrá que ingresar a la sección “Accesos Rápidos / Mi Anses” con CUIL y Clave de la Seguridad Social y aceptar la propuesta.
2- Luego, el interesado deberá asignar a un abogado patrocinante ingresando el CUIT o CUIL del mismo en la sección “Mi Anses”.
Importante: A quienes no tengan abogado, la Anses les asignará uno gratuitamente. ¿Cómo? En la parte izquierda de la página central, deberá ir a “Accesos Rápidos” y avanzar de la siguiente manera en la navegación: “Reparación Histórica / Procedimiento / Aceptación de la propuesta / Elección abogado”.