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CAÑUELAS: ESCÁNDALO POLÍTICO, SUSPENDEN POR 10 DÍAS A CONSEJEROS ESCOLARES POR FILTRAR DATOS A LA PRENSA

Presidenta del Consejo Escolar de Cañuelas, Verónica Iozzolino

Verónica Iozzolino y Marcelo Sabino fueron sancionados durante una sesión secreta. Se los acusa de filtrar datos a la prensa.

En una sesión de carácter reservado realizada el viernes 13, la presidente del Consejo Escolar de Cañuelas, Verónica Iozzolino, y el secretario, Marcelo Sabino, fueron suspendidos de sus cargos por un período de diez días.

 

La sanción fue impulsada por los consejeros del FPV/PJ/UC, Lilian Furia, Eduardo Della Corte y Luis Carnevali, quienes acusaron a Iozzolino y Sabino de filtrar a la prensa los datos de una investigación iniciada una semana antes contra el lobense Carnevali por presuntos cobros irregulares de haberes. Dicha investigación trascendió antes de que fuera debatida en una sesión colegiada.

 

La embestida del bloque del FPV-PJ-UC estuvo facilitada por la ausencia de la consejera Solange Mirc (PRO). Al verse en minoría, Carnevali, Della Corte y Furia solicitaron la sanción administrativa para los dos representantes de la UCR, que fue aprobada por mayoría.

 

La sanción a los consejeros de Cambiemos se conoció de manera extraoficial, ya que por haberse adoptado en una sesión secreta, los protagonistas no pueden hablar. InfoCañuelas intentó por varias vías confirmar los hechos de manera oficial, pero ningún consejero respondió los llamados. El hermetismo es absoluto.

 

Sin embargo, una fuente allegada al FPV confirmó a este portal que la sanción disciplinaria existe y que se adoptó a raíz de una «filtración». Pero nada se sabe sobre las pruebas reunidas contra los representantes de Cambiemos.

 

Los Consejos Escolares se regulan a través de la Ley 13.688. El artículo 172, referido a las sanciones, indica que en caso de comprobarse una responsabilidad disciplinaria administrativa «el Consejo Escolar podrá aplicar a sus miembros con causa las sanciones de Amonestación; Suspensión de hasta 90 días y Destitución.» Y luego añade que «Serán causas de sanción: No cumplir con sus deberes y obligaciones en forma regular y continua con toda la diligencia y contracción que es necesario para sus funciones; no cuidar debidamente los bienes del Estado; no mantener dentro y fuera de las funciones una conducta decorosa y digna.».

 

La Ley también indica que «se respetará el derecho de defensa» y prevé un procedimiento para que los imputados puedan presentar su descargo.

 

Cabe aclarar que el poder sancionatorio de los consejeros sobre sus pares no es absoluto. El artículo 176 establece que «Los conflictos internos de los Consejos Escolares o los conflictos con otros Consejos Escolares, serán resueltos por el Director General de Cultura y Educación.» y en el 177 añade que «El Director General de Cultura y Educación (…) podrá de oficio avocarse al conocimiento, resolución o investigación de cualquier tema o asunto en particular y/o asumir en forma directa la competencia del Consejo Escolar mediante el funcionario que designe al efecto si se dieren razones de servicios que evalúe justificadas.»

(FUENTE: INFOCAÑUELAS)

 

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