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¿Y EN LOBOS? NUEVE APREHENDIDOS EN CAÑUELAS POR CIRCULAR SIN PERMISO EN EL PRIMER DÍA DE LAS NUEVAS RESTRICCIONES, ENTRE ELLOS UN TRABAJADOR DE NUESTRA CIUDAD

Este fin de semana, la policía de la vecina localidad demoró a casi una decena de personas que después de las 18 horas, permanecían en la vía pública sin motivos ni documentación.

Esas aprehensiones fueron realizadas en el marco de las restricciones dispuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presidencial, en los operativos llevados a cabo, durante el primer día del nuevo confinamiento, en el casco urbano de Cañuelas y en el ámbito de los Destacamentos dependientes de la Comisaría 1°, a cargo del comisario Miguel Endara. Cabe recordar que el lobense Marcelo Silveyra, Comisario Inspector, es Jefe de la Policía de Seguridad Comunal de dicho distrito. Otra vecina, la Dra. Norma Pippo, es la Fiscal de Cañuelas.

No podemos dejar de mencionar que ayer se viralizó por las redes sociales, el video un conocido activista que no vamos a nombrar para no darle prensa, circulando por la Plaza 1810 fuera del horario permitido, haciendo alarde de ello mientras la mayoría de la gente está acatando las nuevas medidas aunque le provoque un perjuicio económico.

Entre los demorados se encuentran un adolescente de 18 años, con domicilio en Laferrere ; un chofer de 24 años, del barrio Los Aromos y dos estudiantes de 18 y 19 años, todos ellos interceptados en Av. Libertad y Ruta 205.

También fueron demorados un changarín de 32 años, domiciliado en Antártida Argentina al 1100, que ingresaba a las 22:45 por Uruguay y Ruta 205 sin autorización; un albañil de 32 años, oriundo de Lobos, que fue interceptado en Moreno y 9 de Julio; dos jóvenes de 24 y 25 años que transitaban por Del Carmen y 1° de Noviembre a las 00:45; y un joven de 27 años, radicado en San Esteban, que a las 19:30 circulaba por las calles de Los Pozos.

A todos ellos se les realizó un acta compromisoria y recuperaron la libertad a la brevedad. Las autoridades dejaron en claro que para circular de 18 a 6 hay que llevar consigo el permiso para circular, y en caso de que estén acudiendo a retirar un pedido gastronómico presentar un comprobante, un ticket o una confirmación de la compra emitida por el local.

La resolución del Gobierno nacional afirma que «cuando se constate la existencia de infracción DNU presidencial o de otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, se procederá a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal».

El artículo 205 del Código Penal estipula que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia». Mientras que el artículo 239 del Código Penal establece que será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.

(Con información de NacPop Cañuelas y datos propios)

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